Le damos la bienvenida al Portal de Transparencia de Comunidad de Regantes Las Galletas
A través del Portal de Transparencia de Comunidad de Regantes Las Galletas podrá acceder a toda la información pública de esta entidad. Ponemos a continuación públicamente la información sobre nuestra entidad, las personas que la componen, los servicios prestados y la financiación que recibimos. Este portal se rige por la Ley Canaria 12/2014 de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ley Canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Comisionado de Transparencia
La ciudadanía tiene derecho a reclamar ante el Comisionado de Transparencia en el caso de que no se le conceda acceso a la información solicitada a nuestra entidad. En los siguientes links puede encontrar el formulario de solicitud de información y el formulario de reclamación.
Información Institucional
Información general
INFORMACIÓN INSTITUCIONAL, HISTÓRICA Y ECONÓMICA.
1.- CONSTITUCIÓN.- Por Resolución del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, de fecha trece de marzo de dos mil tres, se declara constituida la Comunidad de Regantes Las Galletas, aprobando el proyecto de Estatutos, así como los del Reglamento de la Junta de Gobierno y el Reglamento del Jurado de Riego por lo que se regirá dicha Comunidad.
La legislación aplicable para la tramitación del expediente de reconocimiento de la Comunidad de Regantes es la Ley 14/90, de 26 de Julio, de Aguas de Canarias; el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril; siendo también aplicable, pero solo en cuanto a las cuestiones materiales, el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Decreto 86/2002, de 2 de Julio.
Así pues, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 81 y siguientes del Real Decreto 1/2001 de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas; por lo previsto en el Artículo 120 y siguientes del Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dominio Público Hidráulico; la Ley 12/1990, de 26 de Julio, de Aguas de Canarias y el Decreto 319/1996, de 23 de Diciembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico Insular de Tenerife, se constituye la COMUNIDAD DE REGANTES LAS GALLETAS, que se regirá por lo dispuesto en los presentes Estatutos y en la normativa referida.
La Comunidad de Regantes LAS GALLETAS, tiene su domicilio social en el término municipal de Arona, calle Manuel Amant nro. 52, 38631 Las Galletas; tiene carácter de corporación de derecho público, adscrita al Consejo Insular de Aguas de Tenerife, una duración ilimitada, y se constituyó en interés de todos los agricultores del sector.
(Actualizado 27/04/2026)
La Comunidad se constituyó con el objeto de hacerse cargo de:
- La distribución y aprovechamiento de:
Las aguas que se obtengan de la planta desaladora que se habrá de instalar en Las Galletas, y otras concesiones que se pudieran obtener, con el volumen que se le fije por la Administración.
Las aguas subterráneas procedentes de pozos que puedan ser cedidos o concedidos por el CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE TENERIFE.
Los que en su día se cedan por los pozos propiedad de particulares, dentro del ámbito territorial de la Comunidad.
- Del aprovechamiento de las canalizaciones, caminos de servicios, electrificaciones y demás instalaciones que el CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE TENERIFE ceda.
Para cultivar en regadío las tierras del Sector del Sur de la Isla de Tenerife, de las que son titulares por diversos conceptos los componentes de esta Comunidad.
El ámbito de actuación de la Comunidad será el determinado geográficamente por los límites de la zona regable de Arona. Sin perjuicio de que dicho ámbito pueda ampliarse por acuerdo de la junta General en caso de que los Organismos Oficiales competentes así lo aceptaran.
2.- Sobre la construcción de instalaciones de desalación.-
Mediante el expediente nro. 29-EDAM, el Consejo Insular de Aguas de Tenerife, con fecha 13 de octubre de 2003 otorgó autorización para la instalación de una planta desaladora de agua de mar por el sistema de ósmosis inversa, a ubicar en El Toscal, la Estrella, Las Galletas, Arona, con una capacidad de producción de 4.000 m3/día
Con posterioridad, en fecha septiembre de 2019, se obtuvo autorización del Consejo Insular de Aguas de Tenerife para la producción de 5.500 m3/día, cantidad que es la que se está produciendo al día de la fecha
(Actualizado 27/04/2026)
>>Estatutos – archivo (pdf) ; archivo (ods);
(Actualizado 27/04/2026)
Organizativa
Órganos de gobierno, de dirección o de administración de la entidad, indicando en cada caso su sede y ubicación, composición, funciones y persona titular.
> Organigrama – CERTIFICADO NOMBRAMIENTO JUNTA RECTORA (20/07/2025) – Archivo (pdf)
/ (txt) / (odt)
(Actualizado 27/04/2026)
Antonio José Fuentes Melián, Secretario de la Comunidad de Regantes Las Galletas, con CIF G-38699898, y domicilio en la calle Manuel Amant nro. 52. 38631, Las Galletas, Arona, CERTIFICA: Que en la Junta de Gobierno celebrada el 7 de julio de 2025, en el domicilio social, en segunda convocatoria y con la asistencia de todos sus miembros, se adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:
PRIMERO. – Alta del Vocal de la Junta Rectora, D. Aristarco Rocha Lobatón. Acuerdos a adoptar. Admitida el Alta de D. Aristarco Rocha Lobatón como miembro vocal de la Junta Rectora, se acuerda por unanimidad. De este modo, la Junta de Gobierno de la entidad queda configurada de la siguiente forma:
Presidente: D. Dionisio Rocha Martín.
Vicepresidente: Fulgencio Díaz Rguez. e hijos SL, con CIF B-38404323.
Vocal: D. Justino Federico Martín Rocha.
Vocal: Gallesur de Canarias S.L., con CIF B-38565941.
Vocal: D. Francisco Javier Hernández Beriaín
Vocal: D. José Carlos Pérez Pérez
Vocal: Explotaciones Chiñeja, representada por D. Antonio Bello Pérez
Vocal: D. Aristarco Rocha Lobatón
Secretario: D. Antonio José Fuentes Melián
Lo que firmo y ratifico a los efectos que convengan en Las Galletas, Arona, a 20 de julio de 2025.
> Organigrama – CERTIFICADO NOMBRAMIENTO JUNTA RECTORA (20/07/2025) – Archivo (pdf)
/ (txt) / (odt)
(Actualizado 27/04/2026)
Organigrama de la entidad
Presidente: D. Dionisio Rocha Martín
Vicepresidente: Fulgencio Díaz Rguez. e hijos SL, con CIF B-38404323, representada por:
D. Adolfo Díaz Gómez
Vocal: D. Justino Federico Martín Rocha
Vocal: Gallesur de Canarias S.L., con CIF B-38565941, representada por D. José Manuel Pérez Rodríguez
Vocal: D. Francisco Javier Hernández Beriaín
Vocal: D. José Carlos Pérez Pérez
Vocal: Explotaciones Chiñeja, con CIF B-38599437, representada por D. Antonio Bello Pérez
Vocal: D. Aristarco Rocha Lobatón
Secretario: D. Antonio José Fuentes Melián
Lo que firmo y ratifico a los efectos que convengan en Las Galletas, Arona, a 20 de julio de 2025.
>CERTIFICADO NOMBRAMIENTO JUNTA RECTORA (20/07/2025) – Archivo (pdf)
/ (txt) / (odt)

(Actualizado 27/04/2026)
Información relativa a las funciones y competencias, al objeto social o al fin fundacional de la entidad.
La Comunidad de Regantes Las Galletas realiza, por mandato de la Ley y con la autonomía que con ella se le reconoce, las funciones de policía, distribución y administración de las aguas que se conceden por la Administración, en la actualidad, de las aguas para riego agrícola que se obtienen de la desaladora de su propiedad, así como realizar las obras de conservación y mejora de las obras, canalizaciones y otros bienes.
En consecuencia, el objeto de la comunidad es la distribución y aprovechamiento de las aguas que se obtienen de la planta desaladora, de las aguas subterráneas procedentes de pozos que puedan ser cedidos por el Consejo Insular de Aguas de Tenerife; las aguas que se puedan ceder por los pozos propiedad de particulares, del aprovechamiento de las canalizaciones y demás instalaciones que ceda el Consejo Insular de Aguas o por particulares, todo ello, para el cultivo en regadío de las tierras del sector del sur de la isla de Tenerife de las que sean titulares los componentes de la Comunidad.
Son comuneros todas las personas incluidas en el padrón de regantes que tiene la Comunidad, cuyos terrenos están adscritos a la comunidad, dejando constancia del polígono y parcela, y quedando el agua adscrita a su cultivo.
La Comunidad adecúa su actuación a las disposiciones del Plan Hidrológico Insular, y está obligada a cumplir los acuerdos que fije el Consejo Insular de Tenerife.
Conforme establece la Ley, la Comunidad de Regantes Las Galletas está en disposición de ser beneficiaria de expropiación forzosa y de la imposición de servidumbres que exijan su aprovechamiento y el cumplimiento de sus fines.
Para la consecución de sus fines, la Comunidad tiene los siguientes órganos de gobierno: la Asamblea General y la Junta de Gobierno. La Junta de Gobierno es la encargada de la ejecución de las ordenanzas y de los acuerdos propios y los adoptados por la Asamblea General.
(Actualizado 27/04/2026)
Normativa aplicable a la entidad.
>>Ley Canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública – Link + Archivo (pdf)
>> Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno – Link + Archivo (pdf)
>> Ley 12/90 de Aguas de Canarias – Link + Archivo (pdf)
>> RDL 1/2001, Ley de Aguas Estatal – Archivo (pdf)
>> RD 849/1986, Reglamento de Dominio Público Hidráulico Estatal – Link + Archivo (pdf)
>> Decreto 86/2002, Reglamento de Dominio Público Hidráulico de Canarias – Link + Archivo (pdf)
(Actualizado 27/04/2026)
Miembros electos y personal de libre nombramiento
Miembros electos, titulares de los órganos de gobierno, altos cargos o asimilados y titulares de los órganos superiores y directivos de la entidad
Presidente: D. Dionisio Rocha Martín.
Empresario Agrícola
Vicepresidente: Fulgencio Díaz Rguez. e hijos SL, representada por D. Adolfo Díaz Gómez.
Empresario Agrícola
Vocal: D. Justino Federico Martín Rocha.
Empresario Agrícola
Vocal: Gallesur de Canarias S.L., representada por D. José Manuel Pérez Rodríguez.
Empresario Agrícola
Vocal: D. Francisco Javier Hernández Beriaín.
Empresario Agrícola
Vocal: D. José Carlos Pérez Pérez.
Empresario Agrícola
Vocal: Explotaciones Chiñeja S.L. representada por D. Antonio Miguel Bello Pérez.
Empresario Agrícola
Gerente: D. Jesús Fraga Hernández
Lic. en Marina Civil
Vocal: D. Aristarco Rocha Lobatón
Empresario agrícola
Secretario: D. Antonio José Fuentes Melián.
Lic. en Derecho y Abogado en ejercicio
Archivo (pdf) / (odt) / (txt)
(Actualizado 27/04/2026)
Retribuciones
Miembros electos, titulares de los órganos de gobierno, altos cargos o asimilados y titulares de los órganos superiores y directivos de la entidad
Servicios y procedimientos
Procedimientos
USUARIOS WEB
¿Qué datos recopilamos de nuestros usuarios del sitio web?
- a) Datos de los usuarios que rellenan en cualquiera de los formularios disponibles: Los datos personales que COMUNIDAD DE REGANTES LAS GALLETAS solicita incluyen:
– Datos identificativos: nombre y apellidos, teléfono, email.
– Datos relativos a la solicitud.
- b) Datos de los usuarios que navegan por nuestra web: Datos proporcionados por las cookies y por Google Analytics.
¿Con qué finalidades vamos a tratar sus datos personales?
Cuando el usuario acepta nuestra política de privacidad, nos autoriza a utilizar los datos personales suministrados para los siguientes tratamientos:
– Remitirle la información, solucionar consulta y prestarle el servicio que soliciten mediante los formularios de nuestra web.
(Actualizado 27/04/2026)
Servicios y procedimientos
La entidad tiene designado un responsable de servicio interno de información notificado a la autoridad independiente de protección del informante, A.A.I, siento dicho responsable D. Antonio José Fuentes Melián, con dirección de correo antoniofuentes@icatf.com.es
(Actualizado 27/04/2026)
Económico-financiera
Información presupuestaria y contable
>> No procede. Conforme dispone el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, la entidad no reune, a fecha de cierre del ejercicio 2021, dos de las circunstancias señaladas en el apartado 2 de dicho artículo.
(Actualizado 27/04/2026)
>> Balance de situación, pérdidas y ganancias «Comunidad de Regantes Las Galletas» 2021 – Archivo (pdf) /(docx)/ (ods)
>> Balance de situación, pérdidas y ganancias «Comunidad de Regantes Las Galletas» 2022 – Archivo (pdf) /(docx) / (ods)
>> Balance de situación, pérdidas y ganancias «Comunidad de Regantes Las Galletas» 2023:
La Resolución 0209/2024, de fecha 20 de febrero de 2024, del Consejo de Transparencia analiza, señalando al respecto (en la misma línea ya expresada en multitud de Resoluciones anteriores) que: «Sin embargo, debe llegarse a una conclusión diferente respecto a la información económico-financiera de la Corporación (cuentas de explotación, balances de situación, y presupuestos de ingresos y gastos), la cual debe reputarse como privativa de la Comunidad, no relacionada directamente con el desempeño de sus funciones públicas.
(Actualizado 27/04/2026)
Contratos
Relación de contratos resueltos
No tenemos ni hemos tenido contratos con administraciones públicas en los últimos cinco ejercicios.
(Actualizado 27/04/2026)
Información trimestral de contratos menores
No tenemos ni hemos tenido contratos con administraciones públicas en los últimos cinco ejercicios.
(Actualizado 27/04/2026)
No tenemos ni hemos tenido contratos con administraciones públicas.
(Actualizado 27/04/2026)
Contratos formalizados
No tenemos ni hemos tenido contratos con administraciones públicas.
(Actualizado 27/04/2026)
No tenemos ni hemos tenido contratos con administraciones públicas.
(Actualizado 27/04/2026)
No tenemos ni hemos tenido contratos con administraciones públicas.
(Actualizado 27/04/2026)
No tenemos ni hemos tenido contratos con administraciones públicas.
(Actualizado 27/04/2026)
Convenios y encomiendas de gestión
Convenios
No tenemos ni hemos tenido convenios ni encomiendas de gestión, por lo que tampoco se han realizado modificaciones.
(Actualizado 27/04/2026)
No tenemos ni hemos tenido convenios ni encomiendas de gestión.
(Actualizado 27/04/2026)
Ayudas y subvenciones
Relación de ayudas y subvenciones concedidas, o recibidas en el caso de las entidades del artículo 3
CERTIFICADO SUBVENCIÓN RECIBIDA EN 2025
ANTONIO JOSÉ FUENTES MELIÁN, con NIF 42.057.879-X, Secretario de la COMUNIDAD DE
REGANTES LAS GALLETAS, CON CIFG-38699898, y domicilio social en calle Manuel Amant 52, 38631, Las Galletas, Arona,
CERTIFICA
Que mi representada fue beneficiaria de la subvención destinada a abaratar a los agricultores el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias previstas en el Real Decreto 1161/2020, de 22 de diciembre (BOE nro. 334 de 23 de diciembre de 2020) mediante Orden de 24 de marzo de 2023 (BOC nro. 63 de 30 de marzo de 2023; Bases Convocatoria publicadas en el BOC nro. 104 de 27/05/20253.
Que el importe de la subvención concedida ascendió a DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (261.879,83 €), y fue recibido por esta entidad el día dos de enero de 2026.
Que la mencionada cantidad fue transferida el mismo día dos de enero de 2026, a todos los comuneros de la entidad que consumieron agua durante el año 2023, cada uno de ellos en proporción al agua consumida, conforme dispone el Resuelvo Sexto de la Resolución que la concedió.
Se hace constar expresamente, para cumplimiento del artículo 19.2.d) de las bases reguladoras de la Subvención destinada a abaratar a las personas agricultoras el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias publicada en el BOC nro. 104 de 27/05/20253, que ésta HA SIDO SUBVENCIONADA POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, CON CARGO A FONDOS PROCEDENTES DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.
La presente publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad (www.reganteslasgalletas.org – apartado de Ayudas y Subvenciones -) , sirve para adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estas se encuentran desarrolladas en el artículo 31.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Lo que firmo y ratifico en Santa Cruz de Tenerife a veintiocho de enero de 2026.
Link: CERTIFICADO SUBVENCIÓN RECIBIDA EN 2025 (pdf / odt / txt)
ANTONIO JOSÉ FUENTES MELIÁN, con NIF 42.057.879-X, Secretario de la COMUNIDAD DE REGANTES LAS GALLETAS, CON CIFG-38699898, y domicilio social en calle Manuel Amant 52, 38631, Las Galletas, Arona, CERTIFICA
Que mi representada fue beneficiaria de la subvención destinada a abaratar a los agricultores el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias aprobadas Orden de 24 de marzo de 2024 (BOC nro. 63 de 30 de marzo de 2024, en relación con el artículo 7.2.m del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobado por Decreto 110/2018.
Que el importe de la subvención concedida ascendió a DOSCIENTOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (250.732,56 €), y fue recibido por esta entidad el día 23 de diciembre de 2024.
Que la mencionada cantidad fue transferida el mismo día 23 de diciembre de 2024, a todos los comuneros de la entidad que consumieron agua durante el año 2022, cada uno de ellos en proporción al agua consumida, conforme dispone el Resuelvo Sexto de la Resolución que la concedió.
Se hace constar expresamente, para cumplimiento del artículo 19.2.d) de las bases reguladoras de la Subvención destinada a abaratar a las personas agricultoras el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias publicada en el BOC nro. 63 de 30/03/2023, que ésta HA SIDO SUBVENCIONADA POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, CON CARGO A FONDOS PROCEDENTES DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.
La presente publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad (www.reganteslasgalletas.org – apartado de Ayudas y Subvenciones -) , sirve para adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estas se encuentran desarrolladas en el artículo 31.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Lo que firmo y ratifico en Santa Cruz de Tenerife a 24 de diciembre de 2024. Calle Manuel Amant, 52 38631 Las Galletas Santa Cruz de Tenerife Oficina: 922 733 326 Mail: antoniofuentes@reganteslasgalletas.org
>> Documentos: Archivos pdf / Txt / odt
Subvención recibida (24 de diciembre de 2024)
ANTONIO JOSÉ FUENTES MELIÁN, con NIF 42.057.879-X, Secretario de la COMUNIDAD DE REGANTES LAS GALLETAS, CON CIFG-38699898, y domicilio social en calle Manuel Amant 52, 38631, Las Galletas, Arona,
CERTIFICA
Que mi representada fue beneficiaria de la subvención destinada a abaratar a los agricultores el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias aprobadas Orden de 24 de marzo de 2024 (BOC nro. 63 de 30 de marzo de 2024, en relación con el artículo 7.2.m del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobado por Decreto 110/2018.
Que el importe de la subvención concedida ascendió a DOSCIENTOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (250.732,56 €), y fue recibido por esta entidad el día 23 de diciembre de 2024.
Que la mencionada cantidad fue transferida el mismo día 23 de diciembre de 2024, a todos los comuneros de la entidad que consumieron agua durante el año 2022, cada uno de ellos en proporción al agua consumida, conforme dispone el Resuelvo Sexto de la Resolución que la concedió.
Se hace constar expresamente, para cumplimiento del artículo 19.2.d) de las bases reguladoras de la Subvención destinada a abaratar a las personas agricultoras el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias publicada en el BOC nro. 63 de 30/03/2023, que ésta HA SIDO SUBVENCIONADA POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, CON CARGO A FONDOS PROCEDENTES DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.
La presente publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad (www.reganteslasgalletas.org – apartado de Ayudas y Subvenciones -) , sirve para adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estas se encuentran desarrolladas en el artículo 31.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Lo que firmo y ratifico en Santa Cruz de Tenerife a 24 de diciembre de 2024.
Subvención recibida (2024) – Archivo (txt) / (docx) / (pdf)
Subvención recibida (8 de febrero de 2024)
ANTONIO JOSÉ FUENTES MELIÁN, con NIF 42.057.879-X, Secretario de la COMUNIDAD DE REGANTES LAS GALLETAS, CON CIFG-38699898, y domicilio social en calle Manuel Amant 52, 38631, Las Galletas, Arona,
CERTIFICA
Que mi representada fue beneficiaria de la subvención destinada a abaratar a los agricultores el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias previstas en el Real Decreto 1161/2020, de 22 de diciembre (BOE nro. 334 de 23 de diciembre de 2020) mediante Orden de 24 de marzo de 2023 (BOC nro. 63 de 30 de marzo de 2023; Bases Convocatoria publicadas en el BOC nro. 97 de 19/05/2023.
Que el importe de la subvención concedida ascendió a CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (449.290,83 €), y fue recibido por esta entidad el día 8 de enero de 2024.
Que la mencionada cantidad fue transferida el mismo día 8 de enero de 2024, a todos los comuneros de la entidad que consumieron agua durante el año 2021, cada uno de ellos en proporción al agua consumida, conforme dispone el Resuelvo Sexto de la Resolución que la concedió.
Se hace constar expresamente, para cumplimiento del artículo 19.2.d) de las bases reguladoras de la Subvención destinada a abaratar a las personas agricultoras el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias publicada en el BOC nro. 97 de 19/05/2023, que ésta HA SIDO SUBVENCIONADA POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, CON CARGO A FONDOS PROCEDENTES DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.
La presente publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad (www.reganteslasgalletas.org – apartado de Ayudas y Subvenciones -) , sirve para adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estas se encuentran desarrolladas en el artículo 31.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Lo que firmo y ratifico en Santa Cruz de Tenerife a 8 de febrero de 2024.
>> Subvención recibida (2024) – Archivo (docx) / (pdf) / (ods)
Subvención recibida (2022)
ANTONIO JOSÉ FUENTES MELIÁN, con NIF 42.057.879-X, Secretario de la COMUNIDAD DE REGANTES LAS GALLETAS, CON CIFG-38699898, y domicilio social en calle Manuel Amant 52, 38631, Las Galletas, Arona,
CERTIFICA
Que mi representada fue beneficiaria de la subvención destinada a abaratar a los agricultores el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias previstas en el Real Decreto 1161/2020, de 22 de diciembre (OE nro. 334 de 23 de diciembre de 2020) mediante Orden de 4 de mayo de 2022 (BOC nro. 93 de 12 de mayo de 2022.
Que el importe de la subvención referida ascendió a DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (287.461,35 €), y fue recibido por esta entidad el día 25 de octubre de 2022.
Que la mencionada cantidad fue transferida el mismo día 25 de octubre de 2022, a todos los comuneros de la entidad que consumieron agua durante el año 2020, cada uno de ellos en proporción al agua consumida, conforme dispone el Resuelvo Sexto de la Resolución que la concedió, y que es del siguiente tenor:
“Sexto.- Los beneficiarios relacionados en el Anexo I deberán presentar la justificación de cómo han repercutido la subvención percibida en el coste del agua a las personas regantes…….:
- En el caso de realizar un ingreso directo a las personas regantes: relación de todas las personas regantes beneficiadas y cuantías abonadas. Se debe detallar la cantidad de agua consumida y la forma de cálculo para determinar el importe a ingresar.”
Lo que firmo y ratifico en Santa Cruz de Tenerife a 27 de octubre de 2022.
>> Subvención recibida (2022) – Archivo (docx) / (pdf) / (ods)
>> Subvención recibida (2021) – Archivo (docx) / (pdf) / (ods)
(Actualizado 27/04/2026)
Derecho de acceso
Estadísticas de derecho de acceso
No procede hasta la fecha.
(Actualizado 27/04/2026)
Resoluciones denegatorias
No procede hasta la fecha.
(Actualizado 27/04/2026)
Unidades de información
ANTONIO JOSÉ FUENTES MELIÁN, Secretario de la COMUNIDAD DE REGANTES LAS GALLETAS
Dirección de contacto: antoniofuentes@reganteslasgalletas.org
(Actualizado 27/04/2026)
Política de Accesibilidad
Política de accesibilidad
El Portal de transparencia de La Comunidad de Regantes Las Galletas se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://reganteslasgalletas.org/, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.
Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:
Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018
- En alguna página la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto [requisito número 9.1.3.1 de la UNE-EN 301549:2019 De información y relaciones].
- En alguna página se ha utilizado el color como único medio visual para transmitir información, indicar una acción, provocar una respuesta o distinguir un elemento visual [requisito número 9.1.4.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Uso del color].
- En alguna página la relación de contraste en texto podría no ser de al menos 4.5:1 [requisito número 9.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Contraste mínimo].
- No siempre se ofrecen enlaces a páginas de contenido relacionado o formas alternativas de navegación [requisito número 9.2.4.5 de la norma UNE-EN 301549:2022 Múltiples vías].
- Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 10.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Contenido no textual].
- En algún documento la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto [requisito número 10.1.3.1 de la UNE-EN 301549:2019 De información y relaciones].
- Algún documento no tiene definido por programa al menos una secuencia correcta de lectura [requisito número 10.1.3.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Secuencia significativa].
- En algún documento el contenido puede perder funcionalidad o información al ampliar el contenido [requisito número 10.1.4.10 de la norma UNE-EN 301549:2022 Reajuste del texto].
- Puntualmente algún documento podría no tener identificado el título de la página [requisito número 10.2.4.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Titulado de páginas].
- En alguna página no se indica el lenguaje por defecto que se utiliza [requisito número 10.3.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Lenguaje de la página].
Carga desproporcionada
- No aplica.
El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
- Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
- Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por el Portal de transparencia de la Comunidad de Regantes Las Galletas o que no estén bajo su control, como por ejemplo, archivos ofimáticos.
- Pueden existir archivos pregrabados publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.
• La presente declaración fue preparada el 31 de julio de 2024.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo a raíz de un informe emitido por el Portal de Administración Electrónica de la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:
• Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
• Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
• Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.
A través del siguiente correo: info@reganteslasgalletas.org
Acorde al artículo 10.2.b del RD 1112/2018, también puede presentar:
- Una queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018.
- Una solicitud de información accesible relativa a:
- Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
- Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad de la Comunidad de Regantes Las Galletas
El procedimiento de reclamación recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018 entró en vigor el 20 de septiembre de 2020. Puede iniciar su procedimiento de reclamación en nuestra sede electrónica a través del siguiente formulario:
En esta web se han adoptado una serie de medidas cuyo objetivo es mejorar la accesibilidad. Las ventajas que esto conlleva son, entre otras:
• Facilitar el acceso de las personas independientemente de su condición física o de su entorno.
• Permitir el acceso con diferentes agentes de usuario.
• Incluir contenidos claros y bien estructurados.
• Mejorar la navegación y la experiencia del usuario.
Entre las medidas adoptadas:
• Orden lógico de presentación de los elementos en pantalla y de los contenidos en el código.
• Uso de los estándares del W3C.
• Gramática XHTML 1.0 y CSS 2.
• Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG nivel AA).
Para facilitar la navegación, todos los documentos del sitio mantienen una estructura similar en la que se incluyen los mismos elementos.
El diseño y maquetación del portal se ha desarrollado teniendo presentes las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web ( WCAG 1.0) que afectan directamente a esta parte del desarrollo:
• Separación de contenido y presentación mediante hojas de estilo.
• Uso de unidades relativas (permiten redimensión de texto y diseños fluidos).
• Control de contraste de colores.
En todos los documentos del sitio se encuentra presente el mecanismo conocido como migas de pan. Su fin es situar al usuario en el contexto del portal, indicando una posible ruta desde la página principal al documento actual.
En la parte final de todos los documentos se incluye acceso a la política de privacidad y aspectos legales que afectan de forma directa a los contenidos publicados.
El uso de las teclas de acceso viene condicionado por el navegador.
- Internet Explorer 6 o superiores: ALT + Tecla de acceso rápido + Tecla ENTER
- Mozilla Firefox 2.0 o superiores: ALT + MAYUSCULAS + Tecla de acceso rápido (configuración – avanzada en navegador con dos teclas)
- Opera: Tecla Mayúsculas + Esc para activar las teclas de acceso rápido
- MacOS: CONTROL + Tecla de acceso rápido.
- Chrome: ALT + Tecla de acceso rápido.
Este portal está diseñado para poder cambiar el tamaño del texto y el color, así como el fondo de la página mediante las opciones de configuración estándar de los navegadores.
Si desea cambiar el tamaño de letra del texto en los principales navegadores gráficos utilice los siguientes menús:
• Internet Explorer, Mozilla y Firefox: Ver > Tamaño del texto
• Opera: Ver > Zoom
• Safari: Ver > Hacer el texto más grande
• Chrome: Controla la página actual > Tamaño del texto
• Para modificar el tamaño de todo en la página:
• Ctrl + + para aumentarlo
• Ctrl + – para disminuirlo
• Ctrl + 0 restaura el tamaño original del texto
• Si lo que quiere es anular la hoja de estilos o modificar el color del texto, puede consultar la página How to Change Text Size or Colors de la WAI.
Además incorpora una herramienta situada en la parte superior izquierda de la web donde se agrupan las herramientas de accesibilidad
(Actualizado 27/04/2026)
Política Anticorrupción
Política anticorrupción
La Comunidad de Regantes Las Galletas establece este Protocolo Anticorrupción con el fin de prevenir, detectar y corregir cualquier forma de corrupción, fraude, abuso de funciones o conflicto de intereses, conforme a la Ley 12/2014 de Transparencia de Canarias, la Ley 19/2013 estatal y las directrices del Comisionado de Transparencia. El objetivo es garantizar una gestión íntegra, transparente, imparcial y orientada al buen gobierno en todas las actividades de la entidad.
La Comunidad asume los principios de tolerancia cero frente a la corrupción, transparencia activa, imparcialidad en la toma de decisiones, responsabilidad pública, igualdad de trato, prevención de conflictos de interés y protección de las personas informantes. En consecuencia, quedan prohibidas prácticas como sobornos, regalos o favores, manipulación de procedimientos, uso privado de recursos públicos, alteración de documentación, ocultación de información o cualquier actuación en beneficio propio o de terceros.
Toda persona con funciones de responsabilidad debe declarar posibles conflictos de intereses y abstenerse cuando exista riesgo de afectación a la objetividad de sus decisiones. La entidad aplicará medidas de prevención basadas en el registro riguroso de todos los procedimientos, la publicación de información obligatoria en el Portal de Transparencia, el control de gastos y facturación, criterios objetivos en contrataciones y la custodia adecuada de documentación.
La Comunidad habilita un canal seguro y confidencial para comunicar posibles irregularidades, garantizando la protección de las personas informantes frente a represalias y asegurando la reserva de su identidad. Las denuncias recibidas se analizarán mediante un proceso que incluye evaluación inicial, apertura de investigación, recopilación de evidencias e informe de conclusiones, pudiendo notificarse a autoridades administrativas o judiciales cuando sea necesario. El incumplimiento de este protocolo podrá dar lugar a medidas disciplinarias internas y, en su caso, a la comunicación formal a organismos competentes.
Este Protocolo se revisará anualmente o cuando se produzcan cambios normativos o nuevas directrices del Comisionado de Transparencia. La versión vigente permanecerá publicada en el Portal de Transparencia de la entidad tras su aprobación por los órganos de gobierno competentes.
(Actualizado 27/04/2026)
Código Ético y de Conducta
Código ético y de conducta
El presente Código Ético y de Conducta establece los principios, valores y normas de comportamiento que deben guiar la actuación de todas las personas que integran la Comunidad de Regantes Las Galletas, incluyendo miembros de sus órganos de gobierno, personal técnico, colaboradores y cualquier persona que actúe en representación de la entidad. Su finalidad es promover una cultura de integridad, responsabilidad y transparencia en el ejercicio de sus funciones, en consonancia con la Ley 12/2014, de Transparencia y de Acceso a la Información Pública de Canarias, la Ley 19/2013 estatal y las prácticas de buen gobierno aplicables a entidades que gestionan recursos de interés público.
La Comunidad de Regantes asume como principios esenciales la honestidad, la imparcialidad, la transparencia, la responsabilidad, el respeto al interés general, la igualdad de trato, la eficiencia en la gestión y el cumplimiento estricto de la legalidad. Todo miembro de la entidad debe actuar con integridad, evitando cualquier actuación que pueda poner en riesgo la confianza de los usuarios, instituciones y ciudadanía en la gestión del agua y en el funcionamiento de la entidad.
Quedan prohibidas las conductas que puedan implicar corrupción, abuso de funciones o aprovechamiento personal del cargo, tales como la aceptación de regalos, favores o incentivos; el uso privado o indebido de información o recursos; la manipulación de procedimientos administrativos; la alteración de documentos; o cualquier actuación que interfiera con los principios de objetividad y transparencia. Asimismo, las personas que integran la entidad deben garantizar la confidencialidad de la información a la que accedan en el desempeño de sus funciones y utilizarla únicamente para fines legítimos.
Se deberá evitar cualquier situación de conflicto de intereses, declarando de forma inmediata aquellas circunstancias personales, económicas o profesionales que pudieran influir en la imparcialidad de las decisiones. En tales casos, la persona afectada deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento o actuación implicada.
El trato entre las personas vinculadas a la Comunidad de Regantes se basará en la respeto mutuo, la igualdad, la no discriminación, la corresponsabilidad y la creación de un entorno seguro y colaborativo. Queda prohibida cualquier forma de intimidación, discriminación, falta de respeto o conducta que vulnere la dignidad de las personas.
La Comunidad de Regantes Las Galletas fomentará un entorno en el que se puedan comunicar de manera segura y confidencial posibles irregularidades, garantizando la protección de las personas informantes frente a represalias y el tratamiento adecuado de cualquier comunicación recibida. Cualquier incumplimiento del presente Código Ético podrá dar lugar a medidas correctoras o disciplinarias, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o legales que pudieran derivarse.
El Código Ético y de Conducta será revisado periódicamente para asegurar su adecuación a la normativa vigente y a las directrices del Comisionado de Transparencia. La versión vigente se mantendrá siempre publicada en el Portal de Transparencia de la entidad para conocimiento general.
(Actualizado 27/04/2026)
Informe anual de 2024 sobre el grado de aplicación de la "Ley Canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública
1. Introducción
El presente informe tiene como objetivo evaluar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley 12/2014 de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias y en la Ley 19/2013 estatal, durante el año 2024, por parte de la Comunidad de Regantes Las Galletas. La evaluación se realiza tomando como referencia el contenido publicado en la web institucional y su Portal de Transparencia, que funciona como herramienta de publicidad activa y rendición de cuentas ante la ciudadanía y las administraciones competentes.
2. Ámbitos evaluados y criterios de análisis
El análisis se centra en los bloques de publicidad activa establecidos por la normativa canaria de transparencia. Estos ámbitos incluyen:
A. Información institucional, organizativa y normativa
Verificación de estatutos, reglamentos internos, normativa hidráulica y documentación sobre las competencias de la entidad.
B. Órganos de gobierno y responsables
Revisión de cargos, nombramientos, composición de los órganos de gestión y datos esenciales de cada responsable.
C. Información económico financiera
Comprobación de cuentas anuales, presupuestos, liquidaciones y datos económicos relacionados con la gestión de la entidad.
D. Subvenciones y ayudas públicas
Comprobación de la existencia y publicación de subvenciones recibidas, así como información sobre su destino y distribución.
E. Contratación y convenios
Análisis de contratos, adjudicaciones, acuerdos y servicios prestados mediante financiación pública.
F. Derecho de acceso a la información
Revisión del procedimiento y canales habilitados para solicitar información, así como instrumentos para presentar reclamaciones.
3. Resultados de la evaluación
Cumplimientos identificados
La Comunidad de Regantes Las Galletas publica de forma adecuada la información normativa e institucional, incluyendo estatutos, objeto social, funciones y normativa aplicable. La entidad mantiene accesible un organigrama completo con los responsables de gestión y ofrece transparencia sobre las subvenciones recibidas en 2024, indicando claramente los importes, el organismo concedente y la distribución a los regantes beneficiarios. También se recoge el procedimiento para ejercer el derecho de acceso junto con los medios para presentar reclamaciones ante el órgano competente. Estos elementos reflejan un nivel de cumplimiento correcto respecto a las obligaciones básicas de publicidad activa.
4. Evaluación global
El análisis permite concluir que la Comunidad de Regantes Las Galletas presenta un grado de cumplimiento medio alto respecto a la Ley 12/2014 en lo relativo a transparencia institucional y organizativa y en la publicación de ayudas públicas recibidas.
5. Cierre del informe
La Comunidad de Regantes Las Galletas ha dado pasos importantes en la consolidación de su Portal de Transparencia. Con la implementación de las recomendaciones anteriores podrá alcanzar un cumplimiento excelente de la Ley 12/2014 y una mejor percepción de integridad, claridad y responsabilidad por parte de sus usuarios y de la ciudadanía en general.
(Actualizado 27/04/2026)
